Condenaron a Barreiro por falsedad ideológica de instrumento público

Ricardo Fabián Barreiro, conocido como “el jardinero K”, fue juzgado en Entre Ríos y ayer resultó condenado a la pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional más la inhabilitación.

La condena, en una causa que se sustanció por el viejo Código Penal, también lo obliga a realizar trabajos comunitarios no remunerados en una institución de designar por la Oficina de Medidas Alternativas (OMA). Así se cerró, al menos en una primera instancia, puesto que la decisión puede ser apelada por las partes, una causa que tuvo condimentos políticos que en el juicio quedaron desacreditados.

La causa

Barreiro fue juzgado en Entre Ríos por la siguiente imputación: «Que el 1 de octubre de 2012 haber insertado (sic) en la declaración jurada del punto 3.2 ‘Incompatibilidad’ del formulario de inscripción y/o actualización de datos del Registro de Proveedores de la provincia de Entre Ríos el cual forma parte del Expediente. Nº 102 de la Dirección de Contrataciones iniciado el 3 de octubre de 2012, la aseveración de que ninguno de los integrantes de la firma RT Transportes –de la cual es titular– se desempeñaba como funcionario o empleado de la Administración Pública de la Provincia de Entre Ríos, a pesar de conocer que mediante Decreto Provincial Nº 2693 del 12 de agosto de 2012 había sido designado en el cargo de Coordinador ad honorem de Relaciones Institucionales del Centro Experimental de Industrias Culturales de Entre Ríos (Ceicer)”.

Tal falsedad permitió al imputado ser incorporado en el listado de proveedores del Estado Provincial y adjudicar, mediante resolución Nº 221/12 del Ministerio de Turismo de la Provincia el contrato de transporte por treinta días que fuera efectuado por licitación pública Nº 30/12 y facturado por el imputado por un total de pesos doscientos veinte mil pesos». Esto es lo que se debatió ante el juez del Tribunal de Juicio, Pablo Vírgala, y sólo por esto sostuvieron sus argumentos el fiscal Alejandro Cánepa y los defensores Raúl Barrandeguy y Candelario Pérez.

La sentencia

El juez Pablo Vírgala reiteró un posicionamiento respecto de la causa que ya había desarrollado en el cierre de los alegatos. Vírgala, que se lamentó por la ausencia de Barreiro en el adelanto de la sentencia, reiteró que lo juzgó por lo que se le imputó y no por lo que se dijo de él.

El juez señaló que a la hora de meritar el monto de la pena para el delito que se le imputó, consideró que la escala es de uno a seis años, resaltando que la máxima tiene dos años menos que el delito de Homicidio, enumerando que el fiscal no fundamentó demasiado el porqué del monto de dos años y tres meses de prisión condicional más el doble de tiempo para ejercer cargos públicos, que no tiene antecedentes y que no se probó perjuicio económico al Estado, situación que siquiera se mencionó en el juicio.

Además, el juez no se desentendió de la estigmatización con la que Barreiro llegó a este debate, el mote de jardinero fue una de las marcas más difundidas, pero señaló “que en Entre Ríos no hay jueces estrellas, ni de las servilletas” añadiendo que los fallos pueden generar rechazos y adhesiones, pero el objetivo es que se pueda leer en las sentencias el sentido de lo que se juzgó, que fue un hecho sustentado en pruebas y no lo que se dijo de Barreiro como persona. Así, añadió que “la justicia democrática es la que explica e informa por qué toma determinada decisión, incluso para que las partes puedan impugnarlas”.

A la hora de fundar la condena, Vírgala explicó que consideró que Barreiro era funcionario público, aunque lo fuera ad honorem, que quedó probado que la firma era la suya, que operaba como “abre puertas” por su llegada a funcionarios nacionales, agregando que no consideraba esta acción como mala, puesto que este tipo de conducta es habitual en el Estado, siempre que no se tratara de tráfico de influencias, tema que en esta causa no estaba en discusión.

Vírgala entendió que no era posible que Barreiro, por su formación, no supiera que fue nombrado funcionario, como sostuvo en su defensa. En este sentido añadió que Barreiro fungía como “canciller” de la provincia en el Mercosur, por lo que no era posible que no lo haya sabido. Así, entendió que Barreiro conocía su nombramiento y allí incurrió en la falsedad ideológica, al no explicitar esta información en el formulario del Registro de Proveedores.

Fuente: El Diario de Paraná

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