Giano: “Tierra y viviendas dignas generan justicia social”

El proyecto de «Ley de Hábitat Entrerriano”, del senador por el departamento Concordia, Angel Giano, que fue acompañado por todos los integrantes del bloque del FPV, apunta a promocionar el derecho al hábitat sustentable y a la vivienda digna.

El proyecto tiene como objetivos centrales el acceso a una vivienda digna, el derecho a un ambiente sano y equilibrado, a servicios y espacios conexos para el desarrollo humano, y se basa en los principios constitucionales – tanto de la carta magna provincial como nacional- y en ordenamientos internacionales de derecho público y en las disposiciones de Naciones Unidas previstas en la agenda 2030 y en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

En los fundamentos también se refiere al hábitat respecto a la planificación horizontal conjunta y programada, a la propensión de ciudades inclusivas, seguras, resilentes y sostenibles; a la asequibilidad de servicios y transportes; a la proyección y gestión participativa, integrada y sostenible; a la protección y salvaguarda del patrimonio cultural y arquitectónico, y del patrimonio natural; a la accesibilidad universal y a la promoción de recursos, entre otros aspectos.

La propuesta fue debatida y es compartida por el intendente de la ciudad de Concordia, Enrique Cresto y las arquitectas Marina Peñaloza y Yamile Sorokin de la Dirección de Vivienda Municipal, quienes han hecho aportes al proyecto.

“El proyecto de ley pretende regular en función de la idea corporativa de los bienes, de su trascendencia en la comunidad, y de su racional utilización”, señaló Giano quien destacó que “en nuestra provincia, la constitución reformada en el 2008 tiene dos disposiciones notables, modernas y amplias sobre este tema, en paradigmas actuales para la utilización del hábitat. En el artículo 22, se indica el derecho a vivir en un ambiente sano y equilibrado, apto para el desarrollo humano, con actividades compatibles con el desarrollo sustentable, y en el artículo 25 en el cual se dispone que el Estado promueva las condiciones necesarias para hacer efectivo el derecho a una vivienda digna, con servicios conexos y espacio necesario para el desarrollo humano, en especial para los sectores de menores recursos”.

Sobre estos principios Giano subrayó: “Tierra y viviendas dignas generan justicia social”, por eso indicó que “la Ley Hábitat entrerriano debe servir para fijar un proyecto en base a los nuevos paradigmas, que permita además contemplar la diversidad de situaciones que de hecho suceden en el territorio provincial, como una forma de sistematizar los ideales de vida, de derechos y de dignidad”.

Aspectos relevantes

La ley posibilitará disponer el ordenamiento en la utilización de tierras públicas, de loteos, de la urbanización de villas y asentamientos, así como la provisión de servicios a asegurarse antes de las urbanizaciones, en base a una planificación en función de una política concertada con los municipios y comunas, e instituciones con el aporte de las personas interesadas.

“Tenemos que ocuparnos de la interacción con el ambiente que realizamos los seres humanos, preservando el patrimonio arquitectónico y cultural, proveyendo una adecuada estructura de servicios, comunicación y conectividad, así como la posesión legal, que es un derecho y una obligación de la clase dirigente” sostuvo el legislador.

“Debemos legislar para que las ciudades sean inclusivas, seguras, sostenibles y asegurar el acceso de todas las personas a viviendas y servicios básicos adecuados, seguros, para mejorar los barrios, proporcionando el acceso a sistemas de transporte, mejorando la traza vial, ampliando la red del transporte público, como también proporcionar el acceso a espacios verdes, a espacios públicos seguros, especialmente para mujeres y niñas, niños y adolescentes, personas mayores y personas con discapacidades para fomentar la integración social”, explicó el senador.

La norma plantea el principio de la función social de la propiedad, así como el principio de gestión democrática en todos los procesos relacionados con el hábitat, por el cual se deberá asegurar la participación activa, protagónica, deliberante y autogestionada de la comunidad en general y de la ciudadanía en particular, en especial de organizaciones y asociaciones civiles que fomenten el acceso al hábitat y a la vivienda, y el principio de prioridad de recursos, para los cuales todos aquellos recursos logísticos y/o financieros de las normativas y leyes análogas en la materia, no podrán ser alterados en su destino, ni re direccionados presupuestariamente.

Otros aspectos destacados de la iniciativa es que los municipios serán los responsables de registrar las demandas en relación al hábitat, y habrá una autoridad de aplicación provincial establecida por el poder ejecutivo y un registro provincial de hábitat, con dotación de recursos para tal fin. También la norma dispone el acceso estatal al crédito, el fomento y afectación de recursos, el apoyo a cooperativas de ahorro, zonas de promoción del hábitat social, la promoción de las cooperativas de construcción de viviendas.

Asimismo se establece la creación de un Consejo Entrerriano de Hábitat, compuesto por representantes del Poder Ejecutivo, del Instituto Autárquico Provincial de la Vivienda (IAPV), de la Secretaría de Ambiente y de los Colegios de profesionales de Arquitectura, Ingeniería, Agrimensores, representantes de ambas cámaras de la Legislatura Provincial y representantes de las organizaciones no gubernamentales con incumbencia en el tema, quienes serán convocados al Senado para que participen en la elaboración del proyecto de ley definitivo.

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